Servicios para la Edificación
Realizamos estudios y proyectos que tienen por objeto la definición del revestimiento y la forma de las superficies de locales de manera que se controle el tiempo de reverberación y la forma de propagación del sonido en el recinto.
Creamos espacios de calidad acústica: Asesoría para el cumplimiento de nuevos valores límite de tiempo de reverberación (TR) CTE-DB HR Protección frente al ruido 2.2
Medición “in situ” del tiempo de reverberación según UNE EN ISO 3382 y realización de proyectos de medidas correctoras según UNE-EN 12354-6.
Servicios para la Industria
Asesoría para Control y medida de la exposición al ruido en el puesto de trabajo, regulado por Real Decreto 286/2006, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido y las vibraciones.
Corrección prioritaria en origen o acondicionando para una protección colectiva.
La corrección en origen se realiza siguiendo directrices de UNE-EN ISO 15667 Directrices para el control del ruido por medio de cerramientos y cabinas.
ACCIONES PREVENTIVAS |
Nivel Diario Equivalente (LAeq,d) |
Leq,d ≤ 80 dBA
y
Lpico ≤ 135 dBC
|
80 dBA < Leq,d ≤85 dBA
y
135 dBC < Lpico ≤137 dBC |
85 dBA < Leq,d≤ 87 dBA
y
137 dBC < Lpico≤
140 dBC |
Leq,d > 87 dBA
y
Lpico > 140 dBC |
Control médico a los
trabajadores. |
No es necesario |
Inicial y cada 5 años |
Inicial y cada 3 años |
No permitido.
Adopción de medidas
inmediatas de
corrección e informe
a delegados. |
Evaluación y medición
periódica del nivel de
ruido. |
Exentos de medición
(justificar), no de
evaluación inicial. |
3 años |
Anual |
No permitido.
Adopción de medidas
inmediatas de
corrección e informe
a delegados. |
Uso de protectores
auditivos:
Se ha de justificar su
uso en lugar de la
adopción de otras
medidas de reducción
en origen. |
No es necesario |
Poner a disposición de
todo el personal expuesto |
Obligatorio por parte
del trabajador
mientras se ejecuta el
programa de
corrección. |
No permitido.
Adopción de medidas
inmediatas de
corrección e informe
a delegados. |
Señalización de las zonas de
exposición |
No es necesario |
Sí |
Sí
(Restringir el acceso si es
viable) |
No permitido.
Adopción de medidas
inmediatas de
corrección e informe
a delegados. |
Medidas de corrección. |
No es necesario |
Preferible en origen
(Art.4), sino justificar
el uso de protectores
individuales en
evaluación. |
PROGRAMA de
medidas técnicas y de
organización hasta
bajar de nivel. |
No permitido.
Adopción de medidas
inmediatas de
corrección e informe
a delegados. |
Formación específica. |
No es necesario |
Sí |
Sí |
No permitido.
Adopción de medidas
inmediatas de
corrección e informe
a delegados. |
|